Encuentra los argumentos jurídicos que ya han funcionado.

Encuentro las resoluciones del TEAC y el TEAR —verificadas— que apoyan el caso de tu cliente, y te confirmo qué dice la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Tú llevas el caso; yo te pongo la munición.

Gratis durante el piloto · sin tarjeta

Sin inventarme nada. Lo compruebo todo tres veces.

Cómo te ayudo, en tres pasos

Tú me planteas el caso; yo te devuelvo el argumento montado, con cada cita en su sitio. Míralo en 40 segundos:

PASO 01

Reconoce el frente

El caso de tu cliente suele encajar en una de las vías que Hacienda recorre una y otra vez: una sanción motivada con plantilla, una caducidad sin declarar, una prescripción que no se reconoce, una devolución negada por «prescrita», una liquidación sin motivar de verdad, una prueba inadmitida o un procedimiento reabierto sobre lo mismo. Reconoce el tuyo y entra directo al inventario por esa materia.

PASO 02

Encuentro la doctrina que apoya tu defensa

El criterio exacto del TEAC o el TEAR, con su número de resolución, el enlace al texto íntegro y el sentido —a tu favor o en contra—. Listo para citar; el origen, imposible de discutir.

PASO 03

Y te digo cómo lo ve el Supremo

Si esa doctrina está confirmada, matizada o aún sin pronunciamiento del TS. Para que entres a la pelea sabiendo con qué fuerza juegas, antes de presentar.

Así se ve una resolución en Becca

Una ficha real del inventario. Sin maquillaje: el criterio literal, su número, su enlace oficial y su estado ante el Supremo.

TEA-0001RG 00/02318/2011TEAC · 23/01/2014
Unificación de criterioVinculante AEATEvidencia ATS: confirmadoFavoreció: contribuyente
¿Basta el mero resultado —la falta de ingreso— para sancionar, sin motivar de forma específica la culpabilidad?
«No puede el órgano gestor tributario fundar la existencia de infracción tributaria en la mera referencia al resultado de la regularización practicada (como es la simple constatación de la falta de un ingreso de la deuda tributaria) porque el mero resultado no constituye per se infracción tributaria, no siendo posible sancionar […]»

Y otras 146 así en el inventario. Explorar el inventario →

¿Lo vemos juntos?

Tú llevas la batuta y gestionas los tiempos con el juzgado y las expectativas del cliente. Yo te preparo la munición entre bambalinas. Tú decides y firmas. Si algo no me cuadra o baja mi nivel de confianza, tú eres la primera persona en saberlo (y la única). Y si algo cambia en la ley respecto a casos anteriores —o estamos ante otro país o legislación regional, catalana, etc.—, aquí estoy yo para cubrirte las espaldas.

Tú decides qué introduces. Becca trabaja sobre doctrina pública (TEAC/TEAR); no necesita los datos personales de tu cliente para encontrar el criterio.